Abogados de Negligencias Médicas

Reclamamos indemnizaciones por negligencias médicas y defendemos tus derechos.

¿Has sufrido daños como consecuencia de un posible error médico? ¿Consideras que la atención recibida en un hospital o centro sanitario no ha sido la adecuada?

En Abogado Low Cost te ayudamos a estudiar tu caso y a reclamar una indemnización cuando existan fundamentos médicos y jurídicos que permitan exigir responsabilidad por una negligencia médica.

Analizamos la documentación clínica, valoramos la viabilidad de la reclamación y te acompañamos durante las distintas fases del procedimiento, desde el estudio inicial hasta la posible vía judicial.

Negligencias durante el parto

Actuaciones que hayan podido ocasionar daños a la madre o al bebé.

Negligencias durante el parto

Actuaciones que hayan podido ocasionar daños a la madre o al bebé.

Errores en la medicación

Prescripción, administración o seguimiento inadecuados.

Falta de información o consentimiento informado

Cuando existan deficiencias legalmente relevantes en la información facilitada al paciente.

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Errores quirúrgicos

Posibles actuaciones incorrectas durante una operación o intervención.

Retrasos en el tratamiento

Demoras asistenciales que hayan podido agravar las lesiones o la enfermedad.

Falta de seguimiento médico

Omisiones relevantes en la vigilancia o evolución del paciente.

Daños derivados de la asistencia sanitaria

Lesiones, secuelas o perjuicios que estan relacionados con una actuación contraria a la práctica exigible.

Cada caso requiere un análisis individualizado. Una complicación médica o un resultado desfavorable no implican necesariamente la existencia de negligencia.

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1. Recopilación de la documentación médica

DEBERÁ HACERLO DIRECTAMENTE EL INTERESADO, SI ES NECESARIO SE REALIZARÁ ESCRITO POR EL DESPACHO DE MANERA GRATUITA.

Objetivo: reconstruir la asistencia recibida y acreditar sus consecuencias.

Solicitar copia de la historia clínica de todos los centros implicados.

Recopilar, según el caso: Informes de urgencias, consultas, ingreso y alta; Pruebas diagnósticas, resultados e imágenes; Informes de cirugía, anestesia, parto y anatomía patológica; Consentimientos informados; Evolución clínica, tratamientos, registros de enfermería y constantes.. ETC

El paciente puede acceder a su historia clínica y obtener copia, con los límites legales relativos a terceros y anotaciones subjetivas. Base legal: arts. 15 y 18 de la Ley 41/2002

2. Estudio por un médico especialista

UNA VEZ TENGAMOS LA HISTORIA CLINICA COMPLETA DEL INTERESADO, UN MEDICO ESPECIALISTA REALIZARÁ UN ESTUDIO SOBRE SI EXISTE UNA NEGLIGENCIA.

EL ESTUDIO PREVIO TIENE UN VALOR DE 150€

Objetivo: valorar si existen indicios médicos que justifiquen reclamar.

Revisión por un especialista con conocimientos adecuados sobre la actuación cuestionada; Análisis del diagnóstico, tratamiento, intervención y seguimiento; Identificación de posibles errores, retrasos, omisiones o deficiencias asistenciales; Estudio de la relación entre la asistencia y los daños sufridos.

Resultado: valoración preliminar de viabilidad. Un resultado desfavorable o una complicación no demuestran por sí solos una negligencia.

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3. Valoración jurídica y control de los plazos

UNA VEZ ESTEMOS SEGUROS DE LA EXISTENCIA DE UNA NEGLIGENCIA, SE REALIZARÁ UN ESTUDIO JURIDICO Y VIABILIDAD DE LA RECLAMACION.

Objetivo: definir contra quién reclamar, por qué vía y dentro de qué plazo.

Identificar la Administración o servicio de salud responsable; Analizar los daños, su relación con la asistencia y los fundamentos de responsabilidad.

Valorar costes, riesgos probatorios y posible indemnización.

Plazo general: el derecho a reclamar prescribe al año. En daños físicos o psíquicos, el cómputo comienza desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas. No debe esperarse al informe pericial definitivo si ello pone en riesgo el plazo. Art. 67 de la Ley 39/2015.

4. Elaboración del informe pericial de parte

UNA VEZ SE CONFIRME LA VIABILIDAD DE LA RECLAMACION, SE DEBERÁ REALIZAR UN INFORME MÉDICO PERICIAL, ESTA VEZ, COMPLETO Y DOCUMENTADO. (NO TIENE POR QUE SER OBLIGATORIO, PERO ES MUY RECOMENDABLE)

PRECIO:  1200€

Objetivo: aportar una explicación técnica que sustente la reclamación.

El estudio preliminar y el informe pericial no son lo mismo: el primero orienta sobre la viabilidad; el segundo desarrolla la prueba técnica. Puede ser necesario combinar un especialista en la asistencia cuestionada con un experto en valoración del daño corporal.

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5. Presentación de la reclamación de responsabilidad patrimonial

UNA VEZ REALIZADO TODO LO ANTERIOR, SE REALIZARÁ UNA RECLAMACIÓN PATRIMONIAL CONTRA LA ADMIISTRACIÓN RESPONSABLE COMPETENTE.

Objetivo: solicitar formalmente una indemnización a la Administración.

La reclamación deberá incluir: Identificación del reclamante y acreditación de la representación; Relato ordenado de los hechos y fechas; Descripción de las lesiones y perjuicios; Explicación de su presunta relación con el funcionamiento del servicio sanitario; Evaluación económica de la indemnización, cuando sea posible; Documentación médica, informe pericial disponible y justificantes de los daños.

Proposición de las pruebas que se solicitan.

Una queja ante Atención al Paciente no equivale, por sí sola, a una reclamación indemnizatoria de responsabilidad patrimonial. Los requisitos de esta última se recogen en el art. 67.2 de la Ley 39/2015.

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